sábado, 16 de enero de 2016

¿DEBE CESAR LA FISCAL GENERAL?

El art. 31.1.e del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece que el Fiscal General solo podrá cesar entre otras razones cuando cese el Gobierno que lo hubiera propuesto.   El Gobierno cesó el día 22 de diciembre, dos días después de las elecciones, continuando en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.   No hay previsión en el Estatuto de un cese automático del Fiscal General, por lo que su cese habría de establecerse desde el Gobierno.   En un caso que afectaba a un  Fiscal General anterior, una asociación de fiscales reclamó su cese enérgicamente aunque ahora no hay tanta energía.   Por otro lado, claro está, la Fiscal General -que no ha agotado dos años en el cargo y que por tanto podría ser renovada por un nuevo Gobierno- podría dimitir, pero ya ha descartado esa decisión expresando claramente su voluntad de seguir "en funciones" aunque en plenitud de competencias porque el Estatuto no prevé la situación de "en funciones".     ¿Tiene esto sentido?   En mi opinión, el plazo establecido al Fiscal General garantiza su independencia.   El Fiscal General puede ahora ser cesado en cualquier momento en que el Gobierno en funciones considere que no debe seguir ni un día más: su mando ha caducado.   El sustituto legal del Fiscal General es el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, por lo que en principio no hay -como en el caso del Gobierno- problemas de vacío de poder.    Por tanto la continuidad del Fiscal General es meramente un tema de conveniencia del Gobierno.  ¿Le conviene al Gobierno cesar al Fiscal General, o le conviene permitir su permanencia?  Pensemos que se trata de un cargo de confianza, que fue elegida hace menos de año y medio, que puede haber elecciones en unos meses, -con muchos casos e investigaciones de corrupción en los Tribunales y en las Fiscalías- y que desde el punto de vista gubernamental en funciones puede no ser irrelevante tener a una Fiscal General de confianza en lugar de a un profesional no elegido directamente por el Gobierno.  

La APIF solicitó la dimisión de la Fiscal General hace pocas fechas por entender que había sido incapaz de defender a los fiscales en su pulso con el Ministerio ante la entrada en vigor de la LECr., que exigía un  esfuerzo imposible sin medios añadidos a la Fiscalía.    La Fiscal General se alineó claramente con el Ministerio.    Los Fiscales jefes pidieron 200 sustitutos de refuerzo; la Fiscalía General consideró que 80 era suficiente, y 80 les nombró el Ministerio en funciones, aunque no se yo si ya están en las Fiscalías.

A mi modo de ver la posición de la Fiscal General en este momento es respecto del Gobierno absolutamente débil.    La pueden mantener o la pueden cesar.   Además, si se repite el Gobierno, la pueden renovar.  Precisamente por eso, por esa posición de debilidad, por el bien de la Fiscalía, y por el bien de la imagen de la Justicia, yo soy partidario de que no siga.  Aunque ella se sienta cómoda y no crea que la vayan a cesar, el plazo es para inspirar confianza a los ciudadanos y a los fiscales, no por mera confortabilidad del afectado, como ya tuve ocasión de comentar cuando dimitió el anterior Fiscal General.   Por otra parte, tampoco pasaría nada: el Teniente fiscal actual es un fiscal de la máxima competencia, de la máxima.   Si pasados unos meses el Gobierno la quiere renovar, que lo hagan y todos contentos.   Pero ahora está claro que si el Gobierno la mantiene es porque les conviene y continuará mientras siga conveniendo al Gobierno en funciones.   Es decir, una posición muy semejante a la que había cuando el Fiscal General no tenía plazo.    A mi eso no me gusta nada.   En todo caso, está situación habría de preverse legalmente de una vez, vamos, me parece a mi.