viernes, 26 de noviembre de 2021

EL CARTERO LLAMA DOS VECES A LA FISCALÍA

Tras el Consejo Fiscal del martes día 24, donde, entre otros temas, se debatieron las presuntas irregularidades cometidas en la tramitación de las Diligencias de Investigación abiertas contra Ignacio Stampa en primavera del año 2020 y cerradas en febrero de este año, el Secretario Técnico de la Fiscal General hizo un "briefing" con los periodistas para instruirles de algunas cosas, entre otras, decirles que la Fiscal General se había abstenido en todo este asunto y que él había actuado por su propia autoridad.  Bien.  Lo que queda sin explicar entonces es la base jurídica para actuar que tiene el Secretario Técnico de la Fiscalía General del Estado en relación con este asunto.  Si la FGE se abstiene, el siguiente en el escalafón es el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo.   El Secretario Técnico  es meramente el que recibe el mensaje de la Fiscalía del TSJ de Madrid, sobre la base de la dación de cuenta del art. 25 del Estatuto, un mensaje que debe llevar al Fiscal General del Estado o a quien le sustituya.   Pero aquí el mensajero, abre la carta, y la contesta.  No solo la contesta, sino que se permite corregir el criterio del Instructor de las actuaciones.  Además, retrasa el asunto varias semanas, sin que finalmente el destinatario (Fiscal General o Teniente Fiscal) reciban la carta.  El "cartero" además, lo hace dos veces, al menos.   Todas las actuaciones de ese "cartero" son realizadas sin competencia estatutaria alguna para ello.   Son actuaciones privadas de lo primero que debe tener una actuación de un fiscal, que es competencia.  El Secretario Técnico tiene unas funciones muy específicas en el EOMF, art. 16. Esas funciones, salvo delegación expresa de la Fiscal General (algo que él mismo niega que aquí se haya producido), no incluyen dar órdenes, instrucciones, sugerencias o consejos a ningún fiscal en el ejercicio de su función.  No es superior de nadie, fuera de su ámbito de competencia.  

No entro, aunque debería hacerlo, en la falta de compañerismo de largar de un compañero como Ruíz de Alegría, que no es llamado para dar su versión de los hechos al Consejo Fiscal, aludiendo a las insuficiencias de su investigación.   Oiga, que esto no va así.  Si la investigación es insuficiente, el Fiscal General o su sustituto, que lo digan y se mojen.   Pero no el intermediario. Y, encima, el intermediario, se justifica echando lo que echa sobre un fiscal ejemplar.  

Así va la institución en estos tiempos de plomo.