lunes, 10 de abril de 2023

GRABAR A UN FISCAL JEFE

Se han publicado unas grabaciones a mi juicio inequívocas sobre las instrucciones que le da un Fiscal Jefe para el despacho del papel pendiente a una compañera que ha obtenido la baja por un embarazo de riesgo, para ella y para el feto, cuando contaba con 45 años de edad. Le dice, cosas como estas: -"Lo que si, L..., lo que te haya entrado hasta hoy lo dejas despachado". - "Quiero decirte que cuando tiene una baja, el trabajo que le ha entrado antes de la baja lo tiene que dejar... lo tiene que ir haciendo hasta dejarlo despachado". La fiscal dice: "¿Mientras estoy de baja?" Y el Jefe: "Lo tienes que hacer, si" (tres veces seguidas). -"Otras Fiscalías harán lo que sea, pero aquí, antes de darte la baja el trabajo era tuyo y por tanto lo tienes que hacer tu"... -"Te estoy diciendo que el trabajo que tienes pendiente, lo tienes que hacer tu. Solo eso. No tienes que seguir liberando el lote. Solo lo que te ha entrado hasta hoy. Es así". Y así, hablan durante mucho rato. Es decir, el jefe quiere que la fiscal despache el papel que le ha entrado antes de la baja durante la baja médica que se le da por embarazo de riesgo. Ello tiene una perspectiva indudable de género, y es groseramente contrario a derecho. El art. 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece una protección específica a la mujer embarazada, y más si se trata de un embarazo de riesgo, y no solo esa norma fundamental, sino también los arts. 8 y 14 de la Ley 3/2007 sobre igualdad efectiva entre hombres y mujeres, entre otras. Pero claro, no podía haberse sabido nada de esto si la mujer afectada no hubiera grabado la conversación con su fiscal jefe. De hecho, el fiscal jefe, antes de saber que la conversación estaba grabada, negó como testigo en el expediente disciplinario abierto a la fiscal por retrasos en la tramitación del papel, haber dado las mencionadas instrucciones a la mujer. Hubiera sido imposible sin la grabación conocer que el fiscal también faltó a la verdad en el expediente, y al no decir la verdad, cercenó el derecho de defensa de la fiscal y faltó a un deber profesional y de compañerismo elemental. Entonces, ¿es una "deslealtad" grabar a quien crees que te acosa para acreditar que te acosa? A mi me parece que lo que está mal es el acoso. El acosado carece muchas veces de mecanismos para poder acreditar lo que le está ocurriendo. Yo creo que nadie grabaría a un fiscal jefe por escuchar lo que se dice una y otra vez, sino por la sospecha, fundada en hechos anteriores, de que esos episodios pueden repetirse otra vez. Se graba por necesidad de obtener pruebas. Recuerdo hace algunos años otro caso de denuncia de acoso. Como no había pruebas objetivas, unos compañeros de la víctima llamamos a otros fiscales que habían compartido trabajo con la persona supuestamente acosadora, y varios nos dijeron que si, que era cierto y que con ellos había actuado de esa misma manera. Pero solo una fiscal de los que llamamos accedió a declarar en la Inspección sobre estos hechos, los demás rehusaron y una llegó a decir que no declaraba por miedo a que le hicieran algo si contaba lo que ocurrió. Una fiscal. Esas cosas las vamos aceptando como cosas que ocurren en la Fiscalía, pero eso es todo lo contrario de la normalidad. El acosado tiene que buscar pruebas legítimas que acrediten el acoso y la grabación es una medida perfectamente legal. Obviamente, en la Fiscalía los acosos no son pan de todos los días, pero ocurren. Y cuando ocurren hay que ofrecer pruebas porque si no el acosador se librará porque tiene la presunción de inocencia, una posición de poder, y a veces, el apoyo de alguna asociación que le ayude tras haberlo encumbrado. Hacen falta pruebas. En este caso lamentable, para mi, tan grave como lo que se le dice a la fiscal por el fiscal jefe es negarlo ante el Instructor de las Diligencias, que por otra parte, rehusó unir la grabacion al expediente, impidiendo así demostrar la mentira del Fiscal Jefe. Cosas que pasan. Todavía espero una reacción de la Fiscalía General ante estos hechos, tras sancionar a la fiscal por retrasos, lo que ha determinado a esta a recurrir su sanción ante el Tribunal Supremo. Si se retrasó injustificadamente en el despacho del papel (el retraso sancionable es el retraso "injustificado") mantendrán la sanción y ella habrá pagado por los retrasos, aunque no por ello dejará de contar con mi afecto personal y mi reconocimiento al esfuerzo que realizó durante varios meses de angustia por el riesgo de pérdida de su primera hija. Pero lo ocurrido con el Fiscal Jefe para mi es un bochorno que debería haber ya movilizado a la Fiscalía General a la remoción del mismo.