Si no fuera por la cantidad de veces que nos han engañado los políticos antes de las elecciones, estaría satisfecho con lo que ahora nos dice el PP. Me gustan casi todas sus propuestas: la elección de vocales judiciales en el CGPJ por los jueces (y solo por ellos) es una medida necesaria para disminuir la politización extrema de ese órgano, y su dependencia de los partidos políticos. El único problema es que ya lo ha prometido dos veces el PP y no solo no cumplió sino que apretó aún más el sistema diseñado en los años 80 por el Ministro de Justicia del PSOE, Fernando Ledesma. Me parece importantísimo volver a atribuir competencias decisorias al Consejo Fiscal en los ascensos en la Carrera Fiscal. Con ello, poco a poco, los fiscales le perderán el miedo al FGE, poco a poco se irán las asociaciones mayoritarias (al menos la AF) desvinculando de los partidos políticos y dejarán de ser el reflejo de la política partidista en la Fiscalía. Esas dos reformas son esenciales pero ya digo, habremos de esperar a verlas porque hasta ahora en el PP (y en el PSOE) solo se ha visto voluntad de controlar políticamente a la Justicia en España: todavía está fresca la tinta en el BOE que permite la reincorporación de políticos que han sido jueces o fiscales a sus carreras de origen y con beneficios profesionales con efecto retroactivo. Todos recordamos como Acebes y Michavila (y sus reformas legales) potenciaron el control político de la Fiscalía o en el CGPJ cuando tuvieron oportunidad de hacerlo. Creo que las reticencias están justificadas.
También me gusta la reinstauración del recurso previo de inconstitucionalidad, que al margen de que pueda ser utilizado como instrumento de filibusterismo político no hay duda de que supone una garantía de que no entren en vigor normas que puedan ser tachadas de inconstitucionalidad. No me repugna en absoluto la cadena perpetua revisable, que en nuestro Código Penal puede llegar a ser un beneficio respecto de los 30 o hasta 40 años de prisión máxima que están previstos para ciertos delitos. Todo dependerá en ese sentido de como lo hagan. Ya veremos como va todo.
El PP parece que está destinado a gobernar desde enero del año que viene, prometa lo que prometa. Un gobierno que estará condicionado por unas cuentas públicas, sino en quiebra, muy cerca de ello. Pueden sin embargo, y sin un coste desmedido o excesivo, sentar las bases de la Justicia que nuestra democracia necesita. Otra cosa es que quieran hacerlo.
¿A estas alturas?.Santo Tomás
ResponderEliminarAUDITORIA DE PROPUESTAS SOBRE LA NUEVA CULTURA DE LA JUSTICIA DEL PP
ResponderEliminar1-RECUSACION-ABSTENCION DE JUECES Y FISCALES REINCORPORADOS AL CESAR COMO ALTOS CARGOS DE GOBIERNOS, PARLAMENTOS, CONSULTIVOS, CONSEJOS DEL PODER JUDICIAL, FISCALES Y ABOGADOS GENERALES 1978-2011
Los altos cargos de los 4 Poderes del Estado Transicional, de origen judicial, fiscal..que no revisaron y que prorrogaron y aplicaron en falso,sin cuestionarlas, las leyes franquistas de Amnistia, Memoria cuestionadas por el Juez Garzón no pueden ser juez y parte de la Sala 2ª TS titular o sustituta de la recusada o abstenida que tiene que juzgarlo precisamente por haber cuestionado dichas leyes franquistas y haber pedido el censo de victimas separadas del servicio a perpetuidad 1978-2011
Así, todos los Ministros de Justicia e Interior como Belloch, Mariscal,Alonso..........Fiscales Generales como Moscoso, Hernandez, Granados,...Conde, Abogados Generales como Quintero,...Fuentes Bardají, Vocales del CGPJ, Prego, Perfecto Andrés,Robles....tendrían evidente incompatibilidad objetiva y subjetiva para reincorporarse y actuar como jueces y partes responsables y testigos en los expedientes y juicios contra el Juez Garzón acusado de haber cuestionado dichas leyes franquistas que ellos no cuestionaron reconociendo sus 33 años de error, debiendo ACTUAR Y SER LLAMADOS como TESTIGOS DE DESCARGO.
2- REDUCCION DE 28 TIPOS DE PENAS A 2 PENAS DE PRISION Y MULTA.
Supone suprimir 26 tipos de penas entre ellas la POLEMICA Y CAOTICA INHABILITACION QUE ES PENA JUDICIAL Y SANCION ADMINISTRATIVA, ASOCIATIVA, COLEGIAL Y PROFESIONAL
de caracter temporal no perpetuo susceptible de rehabilitación, a diferencia de la SEPARACION DEL SERVICIO-DESPIDO que es perpetua sin rehabilitación posible pues excluye de todo acceso a empleo público, y que obviamente debió ser abolida en 1978 junto a la PENA DE MUERTE increíblemente abolida del CP, Ley Navegacion Aerea, y CJ Militar mediante mero DECRETO LEY DE 1978.
LA ABOLICION DE LA INHABILITACION Y SEPARACION OBLIGA A INDEMNIZAR A LAS VICTIMAS DESDE 1978 A 2011
http://politica.elpais.com/politica/2011/10/07/actualidad/1318016479_594703.html
http://pantharei.wordpress.com/2009/02/28/la-inhabilitacion-y-la-rehabilitacion/#comment-295
http://pantharei.wordpress.com/2009/02/28/la-inhabilitacion-y-la-rehabilitacion/#comment-311
http://noticias.juridicas.com/articulos/55-Derecho%20Penal/200310-28551323810322651.html
Salvador, o sea. ¿Evolucionar hacia un derecho penal más moderno es instaurar la cadena perpetua revisable? Y, por favor, que no me hablen de Europa, que me conozco la cantinela DE SOBRA, ni me hablen de los "delitos más graves". Y es que hoy no tengo fuerzas para extenderme en consideraciones jurídicas (que también puedo, y lo sabes). Las 12 horas diarias, y TODOS los fines de semana trabajando (o sábados o domingo y a veces los dos, si tengo clase de mi grupo de profesionales en la Universida)d, gracias a la crisis, me dejan sin fuerzas y sin para más. Por cierto, si a Trillo le nombran Ministro de Justicia o Fiscal General, me exilio. Será que el cumplir años, todavía me hace ver las cosas con más claridad. Trillo, ¿el del Yak-42?. Besos para los fiscales y jueces valientes (van a seguir necesitando mucho cariño...)
ResponderEliminarPues si, mucho cariño va a seguir haciendo falta... ¿Trillo el del Yak? Parece increíble pero es el mismo; lo que sucede es que él es la voz que transmite las ideas del PP en Justicia, y hay que interpretar lo que piensa el partido de lo que él dice. No se si lo nombrarán algo relacionado con la Justicia, aunque parece que suenan otros nombres.
ResponderEliminarLa cuestión de la cadena perpetua revisable tiene mucho de cuestión semántica. Fíjate, Jurista (aunque se que lo sabes), que tenemos un Código Penal tan duro que la cadena perpetua importada de sistemas como Alemania o Inglaterra, u otros países europeos, puede ser considerado en España hasta un beneficio. Porque no son condenas "perpetuas", sino condenas con topes de cumplimiento, que nunca sobrepasan nuestros 40 años de prisión máxima (art. 76 del CP), y que permiten la revisión de su extensión -y la liberación del reo- a partir de los 15. Condenas perpetuas son las que se refiere nuestro amigo Coll, de inhabilitación para cargo público, en sus numerosos comentarios, venga o no venga a cuento la cuestión. Pero no la pena que creo que se propone ahora.
Algunas penas en nuestro Código son inhumanas, y nadie parece que levante un poco la voz contra su mantenimiento. La "cadena perpetua" revisable y con un tope de cumplimiento aliviaría la situación de algunos presos. Y sobre todo, si hubiera dudas, deja que el reo que opine sobre qué pena prefiere.
Sí, Salva, en efecto sé lo que conlleva la cadena perpetua revisable, y me sigue pareciendo un retroceso. Las palabras, en derecho, como en la vida, importan y "cadena perpetua" revisable, conlleva, en mi opinión, una fuerte carga negativa en la forma y en el fondo, Las revisiones, en fin...veríamos lo que daban de sí en nuestro país. Sí, las palabras declaran la guerra o pueden mover el mundo, y traen la paz o restauran el amor incluso en un corazón que ha perdido toda esperanza. Las palabras son poderosas, aunque también necesitan los hechos...¿no decías que te parecía mal llamar "infame" al FGE?. Pues eso. Besos.
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