Soy el
padre de Juan Antonio Frago Amada, y redacto este escrito bajo mi
responsabilidad, no para defenderlo, pues él bien sabe hacerlo y lo ha
demostrado, sino porque la sangre no es agua ni horchata, y considero que con
el comunicado de la Asociación de Fiscales (AF) se han traspasado los límites
de lo tolerable en alusiones contra mi hijo; y la insinuación, el no usar de
franqueza, ya dice mucho de quien de ella se sirve, cuando además se destila el
veneno de la insidia. Quien haya escrito este texto ya en la declaración de
intenciones, “En defensa de los derechos de todos los fiscales” (del 30 de
enero), comete un insufrible y torpe oxímoron argumental, sobre todo en lo que
atañe al torticero párrafo dedicado a Juan Antonio, en él tratado, qué
sarcasmo, de “compañero”.
Desconozco la autoría, singular o
colectiva, de dicho pasaje, aunque de antemano deseo dejar claro que lo que
aquí digo no se refiere a todos los que integran la AF, sino a los que están
tras este despropósito, demostrativo de la extraordinaria importancia que
otorgan a unas elecciones para el Consejo Fiscal: ¿tanto se juegan en ellas
para caer en semejante bajeza? Parece que sí, pues con evidente falta de
gallardía se lamentan de que un “compromiso de confidencialidad… nos impida
rebatir las insidias que se han transmitido por algunos que actúan como pescadores en río revuelto”: los tales pescadores en río revuelto, ¿no se
llamarán APIF y Salvador Viada?, ¿insidias son los alegatos que a favor de Juan
Antonio han hecho, mucho antes de que la sentencia de la Audiencia Nacional les
diera la razón?
Sentencia esta que los quejosos tratan
de “decisión”, de la cual los dolidos fiscales dicen: “Desde el respeto que
merecen todas las resoluciones judiciales, no podemos compartir una decisión
que supone desconocer algunos principios básicos del funcionamiento del
Ministerio Fiscal”. Acabáramos; ese “funcionamiento” está por encima del juicio
de unos magistrados, que deben de ser ignorantes del derecho, de lo que es el
respeto a la legalidad y a los derechos fundamentales del individuo. Tal
“funcionamiento” debe consistir básicamente en el sacrosanto respeto al
superior, aunque este pueda devolver al subordinado un escrito para que ponga dos
comas, mal indicadas además, mientras se permite la magnífica cacografía de absorve. Si esto así fuera, ¿ustedes
estarían de acuerdo con ello? Pero, ¿en qué siglo creen que viven?, ¿no estarán
confundiendo jerarquía con despotismo? Queda lejos, por fortuna, el feudalismo
de siervo de la gleba y de señor de horca y cuchillo. Ustedes, que alardean de
conocer bien el expediente de Juan Antonio, dirán si esto ha ocurrido o no, o
si yo tal vez estaré fabulando. Pero, en caso contrario, tendrán que convenir conmigo
en que lo dicho sería motivo de escarnio, mofa y befa para la Carrera a la que
pertenecen. Y, por cierto, permítanme decirles que Juan Antonio escribe con más
corrección que algún que otro dómine de su expediente, pues párrafos enteros de
altas instancias he visto reñidos con los signos de puntuación, y en ocasiones
también con la sintaxis.
Metidos en harina, una pregunta debo
hacer sobre la autoría no ya del comunicado de la AF, sino concretamente sobre
el párrafo que es motivo de mi indignación. Porque en él no es que se demuestre
el respeto que a estos fiscales les merece una sentencia judicial tan rotunda
como la referida, que no se ha recurrido, aunque retóricamente lo ponen sobre
sus cabezas (“desde el respeto que merecen todas las resoluciones
judiciales…”), pero sin empacho alguno en no compartirla. Así, pues, hubieran
deseado que el fallo fuera condenatorio; es decir, que se quería la expulsión
del “compañero” a toda costa. Sería deseable que en este punto se expresaran
como Berceo, “en romanz paladino, en
qual suele el pueblo fablar con so vezino”, sin recurrir al capcioso
subterfugio, que apenas encubre la inquina de los dirigentes de la AF hacia el
expedientado, eso sí, sin atenerse a la vieja máxima del “hablen cartas y
callen barbas”.
Hablen cartas, pues, y dígase
paladinamente si el párrafo en cuestión no está ahormado por alguien que
también ha sido miembro del Consejo Fiscal. Todo esto exige una explicación,
pues no se ve en qué consiste “el carácter reservado de esta materia”, ni la confidencialidad
“sobre los hechos que se sometieron a nuestra consideración”: ¿nuestra?, ¿de
quiénes? Tengan el valor de aclarar por qué conocen unos hechos “que eran
verdaderamente insólitos” y que, naturalmente, hubieran merecido la separación
definitiva de Juan Antonio, a quien solo faltó que lo acusaran de las muertes
de Manolete y de Kennedy. Pero yo les voy a refrescar algo de lo insólito,
basándome en lo que antaño significó carta.
Pues bien, en cuanto a las sanciones
graves que la sentencia no contempla, los animo a publicarlas, pues sus motivos
son demostrativos del altísimo concepto del respeto que ustedes tienen, y sin
ambages les digo que las causas son irrisorias, nada en comparación con lo que
estos días se oye que un fiscal escribe a un juez. Pero una de ellas, por
faltas graves que no quedara, exigía que la orden se hubiese dado por escrito,
cosa que Juan Antonio negó en sucesivas alegaciones, que fueron
sistemáticamente ignoradas porque él “imaginaba la realidad”, o sea, deliraba.
Y en papeles timbrados repetidamente se ha insistido una y otra vez en la
negativa, cuando tan fácil era señalar el folio de tal orden escrita, fácil y
obligado si se procura la justicia: ¿el Consejo Fiscal tuvo en cuenta esta
alegación o cualquier otra de Juan Antonio? Me pregunto por qué no publican un
acta, que solo se sirvieron librar por orden de un juzgado de La Coruña, si
semejantes insólitos hechos según ustedes contiene. Y respecto de la mentada
orden escrita, también a instancias del mismo órgano judicial finalmente se
confesó que “no consta” en el expediente, de lo cual ya tiene fehaciente conocimiento
documental el Secretario de Estado.
Otro hecho insólito, ¿a Juan Antonio se
le leyeron sus derechos al comienzo del interrogatorio al que fue sometido por el
instructor? Prueba material hay de que no fue así, aunque lo contrario
argumente el mismo sunsuncorda, si bien “distraída” del expediente, existente;
pero el Consejo Fiscal no parece haberse molestado en ver si la correspondiente
alegación era cierta o falsa, si la prueba era legal o no, con argumentación
jurídica en tal caso. Ante un juez y bajo juramento se comprobaría en qué parte
está la verdad.
En fin, señores del comunicado, piensen
en el daño que todo esto ha podido causar a una persona, declarada inocente por
sentencia que no ha dejado muy malparada a la Administración, o a algunos que
ocupan cargos en ella; piensen también en el perjuicio a un maltrecho erario
público, qué baratas son las salvas con pólvora del rey, y repriman esa
malquerencia que están demostrando. No estaría de más que en atención a su
dignísima profesión abandonaran el ancestral vicio hispánico del vidrioso
rumor, del “se lo ha buscado, algo grave habrá hecho”, de la “lanzada a moro
muerto”. Como simple ciudadano echo en falta y envidio la escrupulosidad que en
ciertos aspectos de la función pública, particularmente en lo que atañe al
desprecio de la falsedad, impera en el mundo germánico y anglosajón.
En primer lugar, un abrazo al padre de Juan Antonio. Siento enormemente todo este despropósito en el que ha consistido el singular expediente sancionador.
ResponderEliminarComparto con Juan Antonio (padre) el asombro por el hecho de que la sanción no se adoptara -al parecer- en razón de los hechos que se expusieron, sino, en base a "otros" de los que no se puede dar cuenta.....¡alucinante!.
¿Pero dónde están el principio de legalidad, el Estado de Derecho y la supuesta formación jurídica de unos Fiscales que son capaces de decir semejante sandez?
Mi nombre: José ma Caballero
ResponderEliminarYo me hice similares reflexiones, pensando que los redactores del comunicado habrían fumado algo raro: mezclar “transparencia” con “confidencialidad” exige ciertos equilibrios, y creo que los han perdido todos; pero, autoproclamarse como baluarte de los derechos profesionales de todos los miembros de la Carrera, asociados o no (como rezan sus Estatutos), y encima, ofrecer el caramelito de prestar el apoyo y defensa jurídico-procesal a asociados que lo precisen, después de la experiencia de José Antonio, es ya para partirse de risa.
ResponderEliminarJuan Antonio puede estar orgulloso de tener un padre tan digno, que en todo momento ha dado la cara por él.
ResponderEliminarUn padre que disfruta de un prestigio universitario, en España y en el extranjero, bien ganado, fruto de muchas décadas de trabajo, estudio e investigación.
Confío y espero que el Ministerio de Justicia reponga de una vez a Juan Antonio a su plaza, de la que nunca debió ser cesado, dada la manifiesta nulidad de pleno derecho de tal decisión, como ha acreditado la Audiencia Nacional, en sentencia firme.