domingo, 30 de septiembre de 2018

UN SÍNTOMA TERRIBLE

El asunto de la opositora que aprueba judicatura y tras una serie de incidencias acaba como fiscal tras haber sido ampliada una plaza para ella a la que no pudo opositar nadie más, es un síntoma terrible de como funcionan las cosas en la Justicia en España.   Se dice por algunos que no se debe hablar del asunto porque el padre de la joven es el encargado de enjuiciar el caso del Procés catalán y por tanto no hay que debilitar su posición.  Si este asunto me causa desazón por alguien más que nada es por ella: ella   aprobó la oposición y por tanto su formación no es lo que está aquí en cuestión.   Pero yo creo que hay aclarar esto antes de que empiece el citado juicio porque hay demasiadas dudas sobre lo ocurrido, y el argumento de no debilitar al Juez no me convence.  Si la posición del Juez se debilita por estas razones, hay más jueces.   Oiga, si todo está bien, pues todo está bien y no pasa nada, y yo deseo de corazón que todo esté bien.  Pero las dudas sobre la posibilidad de un abuso de poder o un trato de favor en la Justicia, antes de afrontar un juicio de esa naturaleza no va a ayudar nada a la credibilidad del Tribunal ni a la paz social que una sentencia bien dictada debe producir.  Vamos a ver, en España los magistrados del TS (y los fiscales  indirectamente también) son elegidos por el Gobierno y por los partidos de poder a través de su influencia en el CGPJ.   Ese sistema español es perverso porque en asuntos que afectan a los intereses de quienes nombran la credibilidad del Tribunal y del Ministerio Fiscal aparece lastrada.   Es la politización de la Justicia, de la que se benefician PP y PSOE y jueces y fiscales afines, y que nos reprochan en toda Europa.    Hay que acabar con ello, naturalmente.   Pero si encima aparecen sombras nada genéricas el asunto se agrava.   La UPF ha pedido por la ley de Transparencia datos sobre el tema, como en su día lo hicieron otras asociaciones de jueces.   Creo que tienen razón, y que este asunto no debe dejarse pasar.   Las personas acusadas de delitos contra el Estado en Cataluña (que son españoles, que pagan sus impuestos y que tienen todos los derechos procesales garantizados por la ley) sólo pueden ser condenadas con dos previas condiciones elementales: que se pruebe que hayan cometido esos delitos (antes les ampara la presunción de inocencia), y además que no haya sombra alguna de duda sobre las circunstancias del enjuiciamiento.   Tras eso, si se desvirtúa la presunción de inocencia, pues a responder.  Pero antes, hagamos los deberes bien.

No hay comentarios:

Publicar un comentario