lunes, 28 de abril de 2014

EL CONFLICTO DE MADRID

El Consejo Fiscal, según nos dicen tanto los vocales de AF como de UPF, no ha votado en favor de suspender la entrada en vigor de la nueva organización de trabajo diseñada por el Fiscal Jefe de Madrid, pese a que una abrumadora mayoría de fiscales de esa Fiscalía votaron en contra y casi un centenar pidió al Consejo Fiscal que lo hiciera.   Los vocales de la UPF se mostraron a favor de la posición de los fiscales de Madrid, y los de la AF en  contra.  Los de la AF, expresan "su preocupación" por la situación pero creen que el Consejo Fiscal no puede solucionar la cuestión por "el limitado ámbito del art. 14 del Estatuto", al igual que el FGE considera que la distribución de trabajo no admite recurso según el art. 24 del EOMF.   Se lanza por la AF una carga de profundidad contra el anterior fiscal jefe (ahora vocal del Consejo) apuntando deficiencias detectadas en una Inspección a la Fiscalía de Madrid en 2013, cosa que niega la UPF.  Total, que los fiscales de Madrid se tragan (eso si, con gran preocupación por parte de los vocales del Consejo Fiscal) el reparto de trabajo con el que no están conformes.   Principio de autoridad y de jerarquía puro y duro.

¿Es este estado de cosas razonable?  Nadie ha preguntado a los fiscales de Madrid a quíen querían como Fiscal Jefe.  Nadie les preguntó por los proyectos de organización que iban a tener que realizar ellos.   Se les impone un Jefe sin preguntarles si les gustaba o no el que tenían y un programa sin que ellos hayan podido decir que les parece.   Y ahora se les dice -por sus representantes en el Consejo- que con gran preocupación eso si, nada se puede hacer aunque quienes están en Madrid consideren que el sistema los lleva al desastre y perjudica el servicio y la conciliación de su vida familiar.   Todo ello tras la eliminación de un buen número de fiscales sustitutos que aumenta sus cargas de trabajo.     ¿No se da cuenta nadie que con estas medidas se somete a los fiscales, no se les convence, no se pacta con ellos, no se negocia?  ¿No se dan cuenta los vocales de la AF que la preocupación suya tiene una vertiente de frustración para los fiscales que sostienen la mayor Fiscalía de España?  ¿Creen que con "su preocupación" mitigan esos efectos?

En el post anterior me hacía eco del parecer de todos los vocales del Consejo, en un informe remitido a un fiscal de Las Palmas -para desestimar su queja sobre distribución de trabajo- de que naturalmente que tenían facultades para revisar las distribuciones de trabajo en casos de "falta de equidad" (art. 110 del Reglamento).   Si eso es así, ¿como es posible que si la inmensa mayoría de la Fiscalía se opone a un sistema de trabajo digan ahora los vocales que no pueden hacer nada, con gran preocupación, naturalmente?  Están protegiendo de manera objetiva a la jerarquía en un enfrentamiento con los fiscales de a pie.    Y son nuestros representantes.    No es exclusivamente que pueda haber desigualdades en la distribución del trabajo lo que debe atender el Consejo.  Es básicamente el hecho de que la Fiscalía funcione peor, con muchos fiscales agraviados al tener que salir de donde están o no poder ir donde aspiran a ir por razón de unos baremos creados ad hoc por la jefatura.   Es la calidad del trabajo no sólo en la cantidad donde deben entrar los vocales del Consejo Fiscal y donde hay que buscar la falta de equidad.

Estoy mucho más aquí con la posición de los vocales de la UPF, que reclaman un nuevo Estatuto; y creo que es de sentido común que si una distribución de trabajo aparece con 135 votos en contra y tan solo 20 a favor, la cuestión ha de abordarse no solo "preocupándose" mucho en el Consejo sin hacer nada, sino actuando en favor de la abrumadora mayoría.   Aunque el jefe pertenezca a la asociación de la mayoría en el Consejo.    Y quiero rendir tributo a los numerosos fiscales de Madrid, que en lugar de pasar y aceptar con resignación lo que les den, se preocupan -ellos de verdad- por el servicio, se preocupan por su consideración de fiscales más que de peones, y luchan -en vano, según parece, pero "preocupando" mucho al Consejo- ante sus representantes en el Consejo en defensa de sus opiniones.

El curso para aprender los fiscales a defendernos en vía administrativa y jurisdiccional que organiza la APIF en julio parece que es más necesario que nunca.

viernes, 25 de abril de 2014

LA TRANSPARENCIA DEL CONSEJO FISCAL

El viernes 21 de marzo recibí un correo electrónico con la información que los vocales de la AF hacían de la reunión del Consejo Fiscal celebrada el día anterior.  En el punto cuarto se decía lo siguiente bajo el capítulo "Otras materias":

-Se valoró la reclamación de un fiscal frente a la asignación de trabajo por parte de un Fiscal Jefe.

Ya me extrañó en su día una comunicación tan parca, y si hubiera sido el Consejo anterior hubiera preguntado a qué se refería eso.  Pero confiaba en que los compromisos de transparencia -tan recientes las elecciones- les impedirían ocultar información relevante a la Carrera de lo que se discute en el Consejo.   Ayer el Fiscal afectado (de Las Palmas) me hizo llegar a través de otro compañero la resolución del Consejo Fiscal que desestima su reclamación.  El Acuerdo del Consejo Fiscal es muy interesante por varios motivos.  El problema de fondo era la no asignación por el Fiscal Jefe de un lote de trabajo vacante a un fiscal interesado, sin concurso y sin votación en Junta.  Ese fiscal se considera agraviado y expone su queja al Consejo Fiscal.  Antes de hacerlo, el Fiscal Jefe hace una consulta a la Inspección sobre si el reparto de trabajo es susceptible de recurso administrativo por el interesado, y la Inspección fiscal responde el 27 de noviembre de 2013 lo siguiente:

"... la decisión del Fiscal Jefe puede ser impugnada por el interesado ante el Consejo Fiscal, a modo de recurso de alzada específico del Ministerio Fiscal".

El Consejo Fiscal entró a discutir la cuestión en su reunión de 20 de marzo.   Y se resuelven las siguientes cosas:

- Por un lado, ante la pretensión del fiscal impugnante de que en lugar de haberse adjudicado lotes de trabajo de manera directa debería haberse convocado previamente un concurso interno y una Junta de fiscales, el Consejo fiscal, de modo unánime, afirma que la decisión de reparto de trabajo adoptada por el Fiscal jefe no constituye en si mismo un acto o resolución administrativa susceptible de recurso en la vía administrativa, en los términos del art. 107.1 de la LRJ-PAC, sino únicamente de revisión dentro de la propia organización interna del Ministerio Fiscal, únicamente fiscalizable por los propios órganos de la institución.   Para llegar a esa conclusión se entiende que los cambios en la asignación de bloques de trabajo de unos fiscales a otros no afectan ni a la organización de los servicios ni a la distribución del trabajo entre los fiscales de la plantilla (art. 22.5 EOMF), tratándose únicamente del cambio o no de un bloque de trabajo.

- Consecuentemente, no hacía falta ni Junta ni concurso.  Y considera -por unanimidad- que en esta materia no procede acudir a la norma supletoria y general de la LRJ-PAC atendiendo a la existencia de una específica previsión (art. 22.5 EOMF) y a los principios constitucionales de unidad de actuación y dependencia jerárquica.

- Consideran evidente los vocales del Consejo Fiscal que ese órgano dispone de facultades de control y de revisión del resto de los órganos de la Institución (art. 110 del Reglamento de 1969), si bien únicamente en casos de "falta de equidad" en la distribución del trabajo, que es interpretado en los casos de distribuciones discriminatorias por arbitrarias o por hallarse incursa en manifiesta irracionalidad.  En el caso en cuestión se consideró por once votos contra uno que la decisión del Fiscal Jefe no era contraria a la equidad (ya que el Fiscal quería cambiar de Juzgado por razones de índole personal).

- Se consideran equiparables por el Consejo Fiscal este tipo de decisiones de la Jefatura a las instrucciones u órdenes de servicio a que se refiere el art. 21.1 de la LRJ-PAC, asimilándolas a esas categorías de actos administrativos.  Y por tanto, y al margen de lo que puedan decidir en su día los Tribunales contencioso administrativos, el Consejo por unanimidad considera que no pueden ser fiscalizables en la vía jurisdiccional, de acuerdo con la jurisprudencia que cita el Acuerdo del Consejo.

- Y se desestima la pretensión del fiscal que reclama, el cual (soportando alguna intolerable acusación de deslealtad institucional) no quedó completamente convencido y recurrió en vía contencioso administrativa estando actualmente el recurso en tramitación.

A mi, modestamente, me parece que este tema es de interés capital para muchos fiscales y que no puede sortearse (y más pocas semanas después de las elecciones) con un comunicado en el que únicamente "se valora la reclamación de un fiscal frente a la asignación de trabajo por parte de un Fiscal Jefe", que recuerda a Gila: "Alguien ha matado a alguien...".   Adelanto que no comparto la interpretación que los representantes de los fiscales hacen en relación con el art. 22.5 del Estatuto, y que si creo que debía haberse celebrado una Junta o al menos hacer un concurso de provisión de lotes de trabajo.  En esto estoy de acuerdo con el fiscal que impugna (y con el solitario vocal que le apoyó), porque me parece evidente que la adjudicación de un lote de trabajo a un fiscal es parte de la distribución del trabajo entre los fiscales de una Fiscalía; y me sorprende la interpretación de la posición de los vocales electos sobre el particular ya que no olvidemos que son representantes de los fiscales para defender los derechos de los fiscales.  Una vez más, como el Consejo anterior, se trata a los fiscales en el Consejo Fiscal desde la perspectiva esencial del mantenimiento de la unidad y la dependencia jerárquica, es decir, desde las posiciones de la jerarquía.  Lo advertimos en las elecciones, que esto iba a continuar así, y ahí está otra  vez.   Espero con interés que es lo que nos dicen ahora estos vocales en relación con lo ocurrido con la Fiscalía de Madrid.


jueves, 24 de abril de 2014

CONDENA DEL TEDH A ESPAÑA POR EL DERECHO DE ASILO

El pasado día 22 se hizo pública la sentencia (que no es firme) del Tribunal de Estrasburgo en la que se estima que el sistema de recursos contra las decisiones de expulsión de aquellos solicitantes de asilo, antes de que se resuelva definitivamente su petición, no satisface las exigencias del art. 13 (derecho a un recurso efectivo) en relación con los arts. 2 (derecho a la vida) y 3 (prohibición de la tortura) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.   La demanda la realizan varias docenas de inmigrantes saharahuis que llegaron en patera a Fuerteventura en 2011-2012, y solicitaron asilo en España por temor a ser represaliados en Marruecos por su participación en los sucesos de Gdeim Izik, que incluyeron las protestas de miles de saharauis y que concluyeron con el levantamiento forzoso del campamento que habían organizado y con la muerte de varios policías marroquíes y varios saharauis.    El TEDH paralizó la expulsión acordada por la Audiencia Nacional, antes de concluirse definitivamente las impugnaciones a la denegación del asilo, en virtud de lo dispuesto en el art. 39 del Reglamento del TEDH.   Ahora, concluye con la condena a España al señalar que es preciso garantizar un examen profundo de las razones fundamentadoras del asilo antes de expulsar al solicitante, no sin reconocer (como ocurre en otros países europeos) las dificultades y riesgos para el sistema judicial que pueden tener un excesivo número de solicitudes de asilo.  La sentencia, que se corresponde con el caso 6528/2011, puede ser consultada en la página web del TEDH.

miércoles, 23 de abril de 2014

SE VA A RECURRIR

Tras la votación de la Junta de Fiscales de Madrid parece claro que hay unos fiscales que no se van a aquietar sin más con la distribución de trabajo (y de sistema de trabajo) que con abrumadora minoría en la Junta pretende imponerles el Fiscal Jefe de Madrid.  El tema desde mi punto de vista es sintomático del estado de cosas en la Fiscalía.  Unos jefes que se eligen -en las Fiscalías más grandes e importantes- dentro del limitado círculo de fiscales pertenecientes a las asociaciones que se han repartido los cargos durante treinta años; unas asociaciones que apoyan a sus jefes electos cuando entran en conflicto individual o colectivo con los fiscales subordinados a estos; unos Fiscales Generales que gustosamente aceptan estas reglas puesto que al fin les dan un control seguro no solo en la gestión de la Fiscalía sino de cada uno de los asuntos de la misma, y que ya sean nombrados por PP o por PSOE encuentran apoyo en una asociación en la Fiscalía.  Y además, con nadie ajeno a esa estructura petrificada en la Fiscalía que esté en posición de cambiar las cosas.   El Libro Blanco -sobre el que hablaré en próximos días- expresa claramente esta situación: los males que se aprecian desde la Fiscalía no están en la Fiscalía sino que vienen de fuera, en exclusiva.   Creo que es un gran error de perspectiva, pero no puede ser de otra forma.   No van a reconocer quienes mandan desde hace 30 años en la Fiscalía que han llevado a institución a la situación en que nos encontramos.   No van a reconocer que esa influencia política contra la que se dice que se quiere luchar reclamando más autonomía, la han fomentado desde dentro de la Institución durante muchos años.  Y la solución a ello es -curiosamente- en el Libro Blanco, reforzar el principio de unidad y de jerarquía, en lugar de establecer garantías a los fiscales contra los excesos de la unidad y de la jerarquía.

Hay en Madrid un conflicto grande entre el Fiscal Jefe y los fiscales de la plantilla.  Ha de solucionarse este conflicto con diálogo y con flexibilidad del Fiscal Jefe.   Si no es así, si se pretende mandar en la Fiscalía como se mandaba en la década de los cincuenta del siglo pasado es que no se ha entendido nada.   Pero hay otro riesgo añadido: el utilizar este conflicto para que la asociaciones profesionales guerreen entre si.   Eso sería otro grave error.    Esto ha de solucionarse por la acción de los fiscales de Madrid, apoyados y respaldados por sus asociaciones profesionales.  Hay muchos asociados a la AF en Madrid que deben encontrar apoyo en la AF, en su asociación y en este asunto.    Y el Consejo Fiscal es el órgano de defensa de los fiscales, no de los Fiscales Jefes elegidos por las asociaciones presentes en el mismo.   Se espera mucho de este Consejo y no pueden empezar ahora a trabajar con sectarismo.    Muchos fiscales de Madrid han pedido al Consejo Fiscal la suspensión del acuerdo de distribución de trabajo (una abrumadora mayoría votó en contra de la misma en Junta)  y muchos otros en toda España miran con interés lo que va a pasar aquí.    Ojalá el Consejo Fiscal actúe con responsabilidad y conforme a los compromisos de cada fiscal electo.   Y ojalá el FGE sea sensible a este problema, ojalá se ponga en la piel de los fiscales en dificultades -que son los que luego le sacarán las castañas del fuego y le solucionarán los problemas que vayan apareciendo-,  a quienes se les colocan mandos sin preguntarles nada.  Y después de eso, ojalá empiece a gestionar la elaboración de un sistema de garantías profesionales en todos los ámbitos (promoción profesional, riesgos laborales, recursos contra la arbitrariedad, distribución de trabajo, introducción del diálogo como sistema de solución de conflictos) que haga recordable por los fiscales en términos positivos su paso por la Fiscalía General. Pero si no es así, si se opta por mantener el principio de autoridad, de unidad, de jerarquía contra todo sentido común, este asunto llegará a los Tribunales.  Quizá sea bueno que sea así, ya que en el tinglado que es hoy el sistema de garantías profesionales de los fiscales hay tan pocas cosas ciertas, tan pocos caminos y procedimientos marcados para ejercer derechos y defendernos de su vulneración que quizá haga falta la intervención de los jueces para marcarnos el camino.    Veremos que pasa.

viernes, 11 de abril de 2014

CLARA VOTACIÓN EN LA FISCALÍA DE MADRID

El art. 22.5 del EOMF dice que corresponde al Fiscal Jefe organizar los servicios y la distribución de trabajo, oída la Junta de Fiscalía.  En la Fiscalía de Madrid el nuevo Fiscal Jefe ha diseñado una nueva distribución de trabajo integral que va a suponer cambios para la práctica totalidad de la plantilla.   La Junta de fiscales de Madrid ha sido oída en votación secreta, y el resultado es muy claro: 135 votos en contra, 20 abstenciones y 20 votos a favor.    No recuerdo nada parecido desde que en Valencia se obligó por la Junta en votación a ir a un Juicio al Fiscal Jefe, y desde entonces ha llovido bastante.  De ese resultado me gusta mucho el hecho de que los fiscales luchemos por defender lo que creemos que es mejor, en lugar de quedarnos quietos y callados.  Creo que ese es el camino, el que marca la plantilla de la Fiscalía de Madrid, cada fiscal, uno a uno, por su iniciativa, convicción y responsabilidad.    A pesar de ese resultado y de la evidencia de que quienes van a tener que sacar el trabajo de la Fiscalía  -la trinchera en términos coloquiales- prefiere no cambiar respecto a como están ahora, el cambio va camino de producirse porque la jefatura se mantiene firme.   La UPF ha hecho un comunicado en Twitter hace un par de horas apoyando a la plantilla.   Y hoy se ha registrado una petición muy razonada firmada por varias docenas de fiscales en la FGE para pedir que el Consejo Fiscal se pronuncie para la suspensión de la distribución de trabajo.    Espero que se imponga el sentido común -la Fiscalía de Madrid es demasiado grande, demasiado importante y demasiado compleja para que uno que acaba de llegar imponga su criterio al resto que se muestra en contra-, y que se inicie un diálogo que permita una solución satisfactoria para todos.   La asociación del Fiscal Jefe podría aquí ayudar a suavizar un poco las cosas, especialmente porque tiene la responsabilidad de ser la que le apoyó para ser elegido frente a algún compañero con mucha mayor experiencia en el ejercicio del cargo y frente a otros también competentes.  

martes, 8 de abril de 2014

CARTA APIF AL FGE

La APIF acaba de solicitar la intervención del FGE en la situación planteada en la Fiscalía de Madrid, derivada de la nueva organización de la misma que se ha diseñado por la Jefatura.   La carta está colgada en la web de la asociación.    Son muchos los compañeros que llevan viviendo en esa Jefatura momentos complicados, de incertidumbre, que se han prolongado durante muchos meses.   Estoy seguro de que todas las Jefaturas quieren que la Fiscalía funcione bien (y también la de Madrid), pero no lo quieren más que la mayoría de los fiscales que trabajan allí y no mucho más que aquellos a quienes nos preocupa el funcionamiento de la Institución y la situación profesional de los fiscales.   He defendido en público y en privado que las cosas en una Fiscalía funcionan mucho mejor si hay comunicación, confianza y tranquilidad entre la plantilla y la jefatura.   Entre otras razones, ese es un motivo de peso por la cual la plantilla habría de ser oída en el nombramiento de su jefe, y porqué creo que los Decanos han de ser elegidos por las secciones que van a liderar y no por el Fiscal Jefe.   Esas relaciones con la plantilla se fortalecen cuanto mayor sea la capacidad de llegar a acuerdos, a aceptar que la razón no la tiene que tener uno siempre y porque si, porque haya sido elegido por el FGE a veces contendiendo con compañeros mucho más antiguos, con mucha más experiencia o con mucho mejor curruculum.    Por las características de nuestro sistema para designar a los mandos en la Carrera -de confianza con el FGE o con la asociación profesional preponderante-, esa confianza ha de construirse generando auctoritas entre los compañeros mucho más que apoyándose en la potestas derivada del nombramiento.

domingo, 6 de abril de 2014

LA AUTONOMÍA DEL FISCAL Y EL CRITERIO DE "IDONEIDAD", por María Jesús Moya

La impartición de justicia de manera objetiva e imparcial  que trate por igual a todos los ciudadanos precisa que los jueces sean independientes del poder político.
Como los fiscales constituimos un cuerpo jerarquizado bajo el Fiscal General que se designa a propuesta del Gobierno, no se habla de nuestra independencia del fiscal, sino de su autonomía. Cada uno de los fiscales debe tener garantizada esa autonomía en su labor diaria, para decidir siempre conforme a la legalidad vigente y a la igualdad jurídica de todos los ciudadanos.
Una de las garantías de esta autonomía se recogen en el artículo 5 de la Recomendación 2000(19) del Consejo de Ministros de Consejo de Europa que requiere que el sistema legal de ascensos, y provisión de destinos se realice siempre conforme a méritos profesionales objetivos, a fin de impedir la eventual influencia de intereses particulares de lobbies políticos y, también, proscribir cualquier tipo de discriminación
A pesar de lo expuesto, y de que en el año 2000 nuestro país se comprometió a incluir esta garantía en la regulación legal del Fiscal español, nuestro Estatuto no recoge este principio. Además es práctica habitual adjudicar los destinos no reglados conforme al criterio de “idoneidad” sin más especificación  y conforme a este criterio se deciden los ascensos e incluso, en alguna Fiscalía Provincial, se decide el reparto de los lotes de trabajos individuales
En mi opinión, nuestro sistema se rige por un criterio de “idoneidad subjetiva” porque siempre se decide conforme al criterio personal del fiscal jefe respectivo o del mismo Fiscal General. Con el anterior Consejo Fiscal, se publicaban las motivaciones de los candidatos que se informaban positivamente, estos razonamientos eran tan generales y subjetivos como  “el buen hacer” “la profesionalidad “etc.
En realidad el criterio que debería adoptar la Fiscalía sería el de “discrecionalidad técnica o idoneidad objetiva".  Ese el único criterio que se cohonesta con nuestro sistema constitucional, donde se consagra el acceso a la función pública conforme a los criterios de mérito y capacidad, y se permite controlar judicialmente la legalidad de la actuación de la administración pública.
El Ministerio Fiscal no puede situarse por encima de estas exigencias constitucionales. Las ofertas públicas de empleo deberían ser vinculantes, con especificación de los méritos profesionales requeridos.  Debería existir un baremo de méritos preestablecidos, se debería publicar la lista de candidatos excluidos e incluidos y se debería motivar  la adjudicación de los concursos conforme a este baremo objetivo
La adjudicación de lotes de trabajo dentro de cada fiscalía debería ser equitativo y  conforme a criterios objetivos, y no depender de un criterio tan aleatorio como el gusto personal del fiscal jefe
Este criterio de “idoneidad subjetiva” debería arrumbarse definitivamente de nuestro sistema.  En mi opinión se trata de un atavismo cultural, un vestigio de épocas históricas remotas en las que se concebía a la Administración Publica como una institución patrimonial bajo el dominio del Señor Feudal o del Soberano Absolutista y no como una institución al servicio del pueblo, que lo costea con sus impuestos
El derecho a la promoción profesional y el prestigio profesional de los fiscales no debería quedar al albur de la opinión particular de nuestros superiores jerárquicos que pueden ascendernos o cesarnos libérrimamente.
El lector pensará con razón que esta entrada no tiene nada de original, que me he limitado a exponer principios y conceptos legales básicos y razonamientos obvios. Estoy de acuerdo. Lo que me inquieta es que nunca se hayan aplicado por la Fiscalía y que ningún candidato elegido para el Consejo Fiscal haya hablado de este tema en su programa electoral