He recibido un email con los acuerdos de la sesión última, celebrada en Barcelona, del Consejo Fiscal. Si ese es el concepto de transparencia que van a mantener durante cuatro años, vamos listos. Todavía tengo en la cabeza, y no lo mencionaría sino fuera porque quiero dar las gracias públicamente al FGE por no seguir el parecer del Consejo Fiscal, el caso del nombramiento de Teniente de la Fiscalía del TC. Lo que hicieron fue lo de siempre: los de la AF, al candidato de la AF. Los de la UPF, al de la UPF. ¿Y los que no son de la AF o de la UPF? Pues, eso, que se j... Tengo claro que no hay un derecho de los fiscales a ser votado favorablemente, pero creo que lo mínimo es exigir una evaluación imparcial y una motivación suficiente. Nos privan de ambas cosas. Después de perpetrar la votación, ninguna explicación; ninguna razón de porqué no votaron al más antiguo -el número 54 del escalafón, según mi cálculo-, al único de los votados que había sido fiscal jefe (no se quien más aspiraba a la plaza), al que llevaba más tiempo en el Tribunal Constitucional. Lo dejaron con 0 votos. Me dicen cosas impublicables sobre las razones del veto: espero que no sean ciertas. Pero está claro que por esta línea, ni mérito ni capacidad; y desde luego, olvidémonos de cambios hacia una mayor transparencia y menos arbitrariedad en la Fiscalía. Gracias, Eduardo, por no seguir el consejo del sectarismo militante.
Seguimos igual ahora. No sabemos quien pide las plazas, algo imprescindible para poder saber si los compañeros del Consejo actúan o no con arbitrariedad. No sabemos porque votan a unos y no a otros, y la Inspección Fiscal no hace público (creo que ni siquiera se elabora) el informe que está previsto en el art. 13.2 del EOMF, por el Servicio Permanente de Valoración. ¿Pero es que nadie en el Consejo Fiscal considera que hace falta un informe así que además está previsto en la ley? ¿Es que nadie quiere tener esos datos para garantizar el acierto en la elección? ¿Es que a nadie realmente le importa el trabajo de muchos años que han hecho compañeros que no pertenecen a sus asociaciones? ¿Es que no pueden distinguir lo que son méritos profesionales de lo que son afinidades asociativas? Pues parece que no. La opacidad, la oscuridad en la toma de decisiones es en si misma sospechosa de arbitrariedad. Y cuando encima el resultado parece arbitrario, pues eso. Muchos años haciendo lo mismo han configurado un Ministerio Fiscal ideologizado, insensible a valores como es el mérito y la capacidad, si viene de quien no comparte tu ideología. El otro día, un compañero joven, completamente asimilado a la doctrina imperante -y asociado- me sostenía delante de testigos que "si todos valemos para todo, es lógico que las asociaciones se inclinen por los propios asociados". Estáis, queridos compañeros, fomentando ese pensamiento entre algunos jóvenes fiscales: lo esencial es la militancia y para justificar eso, se ningunean los méritos de la gente. Estáis, queridos amigos, castigando al Ministerio Fiscal al privarle del talento independiente, y también a muchos fiscales que no están de acuerdo con vosotros. Y os cargáis de manera deliberada el esfuerzo, la inteligencia, el mérito y la libertad de criterio.
En la plaza en comisión de servicios para el Tribunal Supremo no se le dice a la Carrera, como si no importara, quien vota a quien y las razones de ello. No sabemos los candidatos y por tanto no podemos contrastar nada. Lo de siempre.
El segundo punto aborda la aprobación de una propuesta de reforma del EOMF en materia de responsabilidad de los miembros del Ministerio Fiscal. Yo no he visto ningún documento sobre eso, y me gustaría que antes de que el Consejo Fiscal aprobara algo los fiscales pudiéramos haber dicho que nos parece. ¿Se trata de endurecer el régimen disciplinario, o de regularlo con un mínimo de garantías? El asunto de la expulsión de un fiscal con vulneración de sus derechos fundamentales debería inquietar alguna conciencia, pero de ello hace ya más de un año y no veo mucho propósito de enmienda en el patio.
No se nada de los Anteproyectos que se informan, y tampoco nos dice nada el Consejo en su nota informativa. Voy ha intentar hacerme con el de Eurojust para escribir sobre él en cuanto lo reciba.
Si se creen que con estos comunicados algunos nos vamos a quedar tranquilos están muy equivocados. Estas magras y genéricas explicaciones no son transparencia, porque de su lectura no nos enteramos de nada de lo que afecta a la Carrera Fiscal.
sábado, 12 de julio de 2014
lunes, 7 de julio de 2014
ANTONIO NARVÁEZ AL CONSTITUCIONAL
He tenido la oportunidad de hablar unos minutos esta mañana con Antonio Narváez que el próximo jueves toma posesión de su nuevo cargo de magistrado del Tribunal Constitucional. Es difícil saber qué es lo que ha determinado su elección exprés, dado que según parece el viernes por la mañana (antes del Consejo de Ministros), el interesado fue notificado de la propuesta del Gobierno. ¿Estaba informado de la intención del Gobierno el FGE? Si no lo estaba no es algo elegante por parte del Gobierno. Pensemos que el elegido era el número dos de la Fiscalía y que es algo que indudablemente afectaría a su superior; pero si no se le ha notificado (hay versiones para todos los gustos en la casa) es algo que tiene su significado. El Fiscal debe ser imparcial, y la imparcialidad se mantiene mejor con la distancia del Gobierno. En ese sentido, si hay distancia, creo que para la Institución es una buena noticia, aunque seguramente no todo el mundo lo verá igual. Y la distancia -en mi modesta opinión- ha de mantenerse defendiendo las propias competencias y ámbitos de actuación con los dientes si hace falta, y respetando las del otro. Que cada cual juzgue si ambas cosas se han cumplido durante los dos años largos de mandato del FGE. De todas maneras, en mi visión de las cosas, al FGE no le hace ninguna falta el afecto y la cercanía del Gobierno. Le debe bastar su función de garante de la legalidad. Personalmente creo que el cargo más apasionante en España -para un fiscal- ha de ser el de un FGE independiente (y hasta distante) del Gobierno y con ganas de aplicar la ley por igualdad para todos sin importar las consecuencias. Veremos que pasa.
En todo caso, dirijo desde aquí mi felicitación a Antonio Narváez, y le deseo lo mejor en su nuevo puesto. Me ha gustado la carta que nos ha dirigido a los fiscales, llena de sentimiento y de afecto a la Fiscalía y la Carrera.
Se abre desde ya la sucesión para el goloso cargo que ocupaba. El ramillete de posibles no pasa de cinco. Muy interesante.
En todo caso, dirijo desde aquí mi felicitación a Antonio Narváez, y le deseo lo mejor en su nuevo puesto. Me ha gustado la carta que nos ha dirigido a los fiscales, llena de sentimiento y de afecto a la Fiscalía y la Carrera.
Se abre desde ya la sucesión para el goloso cargo que ocupaba. El ramillete de posibles no pasa de cinco. Muy interesante.
miércoles, 2 de julio de 2014
GUARDIAS
Hace tiempo que no hago guardias. Pero me entero -por lo que me dicen los compañeros que si las hacen- de que las retribuciones de las mismas están sometidas a diferencias completamente irracionales. La guardia, en principio, supone la disponibilidad de un fiscal a cualquier contingencia que se produzca durante su duración. Se paga -o debería pagar- el tiempo de un profesional cualificado que está disponible para cualquier evento que ocurra. Si se trata de violencia de género, o de menores, o de mayores, es indiferente. Lo determinante es que un fiscal estará allí para solucionar el problema o al menos para darle un enfoque determinado. Ese fiscal invertirá su tiempo (que sustrae a otras actividades, incluso a su ocio) para hacer la guardia. Siendo eso así, que se pague el tiempo de ese fiscal de manera diferente según las materias, o que incluso no se pague en absoluto es ridículo y denunciable. Al margen de que las guardias están mal pagadas -y esa es una línea de actuación para corregir- hay que exigir que todas se paguen igual. Que las guardias de menores se paguen menos que las ordinarias es ridículo porque el fiscal encargado estará a disposición de la Policía y del Juez durante todo el tiempo de la guardia. Y que no se paguen guardias de violencia de género en algunos lugares es razón a mi juicio para plantarse y empezar a plantear el no hacerlas.
lunes, 30 de junio de 2014
FIN DE LA PAUSA: CURSO APIF
Tengo el encargo de la APIF de dirigir un curso de defensa para los fiscales en el seno de la institución. Hay mucho que recorrer en ese terreno, ya que la Fiscalía, dejada de la mano de las dos asociaciones mayoritarias durante muchos años, ha abandonado cualquier mecanismo establecido de defensa profesional de los compañeros. No solo eso: la claridad sobre derechos de los fiscales es nula, como corresponde a una Fiscalía que ha hecho de la opacidad interna una bandera. Las obligaciones están más claras: haz lo que te dicen tus numerosos jefes y cuidadito. Pero los derechos no. Por eso he diseñado un curso para aprender, para que los fiscales empecemos a andar un camino de defensa de nuestros derechos profesionales, y para que en lo que manifiestamente sea un régimen incompatible con los tiempos que vivimos y con la dignidad profesional que hay que suponer que se nos ha de conferir, lo denunciemos y reclamemos su modificación. Dejo el programa del curso, que se celebrará los días 3 y 4 de julio en el CEJ, señalando que he recibido varias peticiones de compañeros de acudir como oyentes al curso, lo que a mi juicio muestra que cursos como este son absolutamente necesarios.
CURSO DEFENSA DE LOS
FISCALES (CURSO APIF)
Fechas: Días 3 y 4 de julio
Lugar: CEJ, C/ Juan del Rosal número 2.
Director del Curso: Salvador Viada Bardají, Fiscal del
Tribunal Supremo
Dia 3.
9.15 horas: Recepción y recogida de documentación.
9.30 horas: Sanciones Disciplinarias. Ilmo. Sr. D. Fausto José Cartagena Pastor, Fiscal del
Tribunal Supremo.
10.30 horas: El expediente sancionador: principios generales
y tramitación. Recursos administrativos.
Ilmo. Sr. D. Fausto José Cartagena
Pastor, Fiscal del Tribunal Supremo.
12 horas: El
expediente sancionador en la Carrera Judicial.
Ilmo. Sr. D. Luis Vacas. Inspección
del CGPJ.
13.30 horas: ¿Son
recurribles las decisiones del FGE por los Fiscales? Legitimación. Recursos
contra decisiones del FGE tras informe del Consejo. Recursos contra sanciones. Ponente: Ilma. Sra. Dña. ELISA DE LA NUÉZ SÁNCHEZ-CASCADO Abogado del Estado
Día 4.
9 horas: Los Fiscales
y su jerarquía. Arts. 25 y 27 del
EOMF. Acoso laboral. Ponente, Ilmo. Sr. D. Juan Antonio Frago
Amada.
10 horas: El papel
del Consejo Fiscal como defensor de los derechos de los Fiscales. Ponente: Ilma. Sra. Dña. Mª ANGELES MARTINEZ MARZAL Fiscal. Fiscalía Provincial Valencia
11 horas: El procedimiento contencioso administrativo.
Plazos. Postulación. Competencia. Tramitación y recursos. El procedimiento de
vulneración de derechos fundamentales. Ponente: Ilmo. Sr. D. JOSE YUSTY Magistrado
del Jugado de los Contencioso Advo. nº 3 de Madrid
12.30 horas: Mesa redonda: Situación del régimen jurídico de
los funcionarios del Ministerio Fiscal. Ponentes:
Sr. D.
ANTONIO LOPEZ Fiscal
de las Palmas; Sra. Dª Mabel Morán, Fiscalía de Reus; D. Pedro Rubira, Fiscal
de la Audiencia Nacional
miércoles, 21 de mayo de 2014
UNA PAUSA
A mi hay algunas cosas profesionales que me afectan bastante. La noticia de una reunión en Zarzuela en el comienzo de la presente legislatura, publicada en un libro de dos periodistas del periódico El Mundo, para mi es tremenda. Porque estas cosas colisionan totalmente con la visión del trabajo del Fiscal que yo tengo y con mi idea de lo que tendría que ser la Justicia (buena o mala, pero igual para todos), al margen naturalmente de las decepciones personales. Ojalá no sea verdad lo que se dice. Ojalá el contexto se haya desfigurado, al menos en lo que se refiere al Jefe de los fiscales. Ojalá sea así. Pero he estado esperando un comunicado de la Fiscalía desmintiendo el hecho, y no llega. Nadie desmiente nada, aunque aún es tiempo. En tanto llega ese comunicado, creo que necesito un descanso en este blog para pensar sobre el futuro del mismo, sobre su capacidad para ayudar a quienes no estén conformes con lo que pasa en la Justicia y sobre si es realmente útil para luchar por una Justicia mejor.
Como yo soy muy lento pensando, tras el verano, veremos.
Dejo el enlace del segundo boletín de Wikipenal.
Como yo soy muy lento pensando, tras el verano, veremos.
Dejo el enlace del segundo boletín de Wikipenal.
martes, 20 de mayo de 2014
¿PERO HACIA DONDE VA ESTO?
Quienes luchan contra la corrupción desde la Policía, desde
la Fiscalía y desde la Judicatura, deberían estar absolutamente blindados
frente a los ataques de los investigados, y también de los partidos políticos y
de sus influencias. Lo que para los
Jueces parece sencillo, porque forma parte de su estatuto como Poder Judicial,
ha de garantizarse también para fiscales y muy en particular para los
investigadores, para la Policía y la Guardia Civil. En la Fiscalía y en los cuerpos y fuerzas de
seguridad del Estado hay dificultades dada la estructura jerárquica de los
cuerpos: si los jefes son nombrados por los políticos, los subordinados tienen
problemas para investigar a esos mismos políticos. Pero las dificultades son conocidas, y hay
que luchar por vencerlas: hay que crear un estatuto especial protegido para los
investigadores de delitos de corrupción.
Que un investigado pueda querellarse contra un policía por calumnias, en
razón a un informe que realiza ese policía requerido por el Juez y no haya mecanismo alguno de protección procesal para ese funcionario es absurdo: si el informe es falso o malintencionado es algo a dirimir dentro del proceso en el cual se aporta, no fuera. Ese funcionario ha de ser
protegido por el Juez y por el Fiscal, si no queremos que el miedo se instale en
los investigadores de esos delitos y se merme su eficacia. Y además, ha de establecerse un protocolo de
protección de esos funcionarios. Si a
los sacrificios que supone la investigación de estos delitos, la presión que
hay que soportar, y las opciones beneficiosas profesionalmente que de vez en
cuando se ofrecen como puerta de salida a los investigadores molestos, se suma la posibilidad de tener que
pagarse un abogado para defenderse de las imputaciones de las personas
mencionadas en los informes policiales, pues apaga y vámonos.
sábado, 17 de mayo de 2014
VII CONGRESO APIF
El sábado día 24 la ASOCIACIÓN PROFESIONAL E INDEPENDIENTE DE FISCALES celebrará su VII Congreso. Dejo el orden del día, así como un enlace a la web de la APIF donde encontraréis más información. Se trata de un Congreso muy importante para nosotros porque vamos a reflexionar sobre la manera que los fiscales podemos empezar a defendernos de los abusos que en ocasiones padecemos. El curso que organiza la APIF los días 3 y 4 de julio va en la misma línea. Por supuesto que haremos tiempo para que quien quiera pueda ver la final de la Champions, pero ante todo interesa destacar que cualquier fiscal no asociado está cordialmente invitado a asistir y a exponer lo que considere más conveniente para la mejora del funcionamiento de la Fiscalía y para la mejor defensa de los fiscales.
viernes, 16 de mayo de 2014
LA SUPRESIÓN DE CATEGORÍAS JUDICIALES
No me gustan muchas cosas del Anteproyecto de LOPJ, que entiendo que en varios aspectos se dirige fundamentalmente (además de reducir el presupuesto de Justicia) a conseguir que nada se escape al poder ejecutivo de lo que se cuece en el poder judicial. La nueva organización de Juzgados y Tribunales; la instrucción colegiada en casos complejos; el modo de adaptación de resoluciones del TEDH; la jurisprudencia vinculante, los aforamientos y algunas otras cosas pueden entenderse separadamente como portadoras de finalidades distintas. Pero en conjunto son indicios todos que van en la misma dirección, y por seguir esa línea de análisis, no me gusta demasiado el Anteproyecto. Pero tiene el Anteproyecto un arma secreta, una bomba para dinamitar resistencias de quienes podrían influir con cierta efectividad: me refiero a la supresión de las categorías judiciales. No se si obedecerá a lo que yo pienso, es decir, a que el Gobierno tenga un arma apuntando al pecho de la jerarquía en la Fiscalía, pero no hay duda que de todo el Anteproyecto lo que más preocupa a algunos en la Fiscalía es precisamente que se supriman las categorías, y que todos se igualen "por abajo". En realidad no sería así, ya que los fiscales de tercera categoría verían inmediatamente un beneficio, y se estaría en camino de solucionar problemas que ahora son muy difíciles de solventar, como los ascensos, los concursos, la ocupación de plazas de diferente categoría, el cobrar diferente haciendo el mismo trabajo y muchas otras cosas. Esos fiscales se igualarían "por algo más arriba". Pero donde el efecto es más rotundo es en la primera categoría de la Fiscalía. Los magistrados del TS no van a cesar en sus puestos, con categorías o sin ellas. En la Fiscalía las cosas son distintas. Debemos señalar que esto no tiene que ver con aumentar la politización de la Fiscalía: es muy difícil profundizar en esa línea. Pero al ser las plazas de primera categoría renovables cada cinco años pudiera ocurrir de que en un cierto momento fiscales hoy de primera perdieran la plaza que ocupan y por tanto los beneficios económicos ligados a las mismas. Y -como ocurre hoy- la asignación a esas plazas se realizaría por criterios de confianza del FGE y de la asociación de fiscales dominante políticamente. En este sentido, el efecto en alterar las reglas del juego en la Fiscalía sería casi neutro: digo casi, porque el hecho de que te pueda cesar un FGE y producirte una pérdida económica importante, algo si que condiciona la actuación de un fiscal. Pero tampoco hay heroicos actos de rebeldía en estos momentos: aquí se ha echado a un fiscal que no había hecho nada y vulnerando sus derechos fundamentales, ante el silencio de casi toda la Carrera. Y no podemos olvidar algunos ascensos que ha habido en el pasado, tocados por un aire de escándalo, que sin embargo no son hoy por hoy reversibles.
Yo creo que las categorías en la Carrera Fiscal no se van a eliminar, por lo menos la primera. Pensemos que si se eliminaran, el mismo FGE, al cesar en su cargo en un año y pico, se encontraría degradado respecto de la situación que estaba antes de ser promovido a su actual cargo. Pero me preocupa que la resistencia de la Fiscalía a esta reforma de la LOPJ se limite a luchar por el mantenimiento de la categoría primera, en lugar de razonar sobre la situación en la que la entrada en vigor de esa reforma puede dejar a la Justicia. Veremos.
Yo creo que las categorías en la Carrera Fiscal no se van a eliminar, por lo menos la primera. Pensemos que si se eliminaran, el mismo FGE, al cesar en su cargo en un año y pico, se encontraría degradado respecto de la situación que estaba antes de ser promovido a su actual cargo. Pero me preocupa que la resistencia de la Fiscalía a esta reforma de la LOPJ se limite a luchar por el mantenimiento de la categoría primera, en lugar de razonar sobre la situación en la que la entrada en vigor de esa reforma puede dejar a la Justicia. Veremos.
lunes, 12 de mayo de 2014
RECURSO DE LA APIF CONTRA LA DISTRIBUCIÓN DE TRABAJO DE LA FISCALÍA DE MADRID
La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales ha interpuesto esta mañana recurso de alzada ante el FGE contra la distribución de trabajo acordada por la Jefatura de la Fiscalía de Madrid que fue rechazada por abrumadora mayoría en la Junta de Fiscales celebrada al efecto. El texto del recurso está colgado en la página web de la asociación.
lunes, 28 de abril de 2014
EL CONFLICTO DE MADRID
El Consejo Fiscal, según nos dicen tanto los vocales de AF como de UPF, no ha votado en favor de suspender la entrada en vigor de la nueva organización de trabajo diseñada por el Fiscal Jefe de Madrid, pese a que una abrumadora mayoría de fiscales de esa Fiscalía votaron en contra y casi un centenar pidió al Consejo Fiscal que lo hiciera. Los vocales de la UPF se mostraron a favor de la posición de los fiscales de Madrid, y los de la AF en contra. Los de la AF, expresan "su preocupación" por la situación pero creen que el Consejo Fiscal no puede solucionar la cuestión por "el limitado ámbito del art. 14 del Estatuto", al igual que el FGE considera que la distribución de trabajo no admite recurso según el art. 24 del EOMF. Se lanza por la AF una carga de profundidad contra el anterior fiscal jefe (ahora vocal del Consejo) apuntando deficiencias detectadas en una Inspección a la Fiscalía de Madrid en 2013, cosa que niega la UPF. Total, que los fiscales de Madrid se tragan (eso si, con gran preocupación por parte de los vocales del Consejo Fiscal) el reparto de trabajo con el que no están conformes. Principio de autoridad y de jerarquía puro y duro.
¿Es este estado de cosas razonable? Nadie ha preguntado a los fiscales de Madrid a quíen querían como Fiscal Jefe. Nadie les preguntó por los proyectos de organización que iban a tener que realizar ellos. Se les impone un Jefe sin preguntarles si les gustaba o no el que tenían y un programa sin que ellos hayan podido decir que les parece. Y ahora se les dice -por sus representantes en el Consejo- que con gran preocupación eso si, nada se puede hacer aunque quienes están en Madrid consideren que el sistema los lleva al desastre y perjudica el servicio y la conciliación de su vida familiar. Todo ello tras la eliminación de un buen número de fiscales sustitutos que aumenta sus cargas de trabajo. ¿No se da cuenta nadie que con estas medidas se somete a los fiscales, no se les convence, no se pacta con ellos, no se negocia? ¿No se dan cuenta los vocales de la AF que la preocupación suya tiene una vertiente de frustración para los fiscales que sostienen la mayor Fiscalía de España? ¿Creen que con "su preocupación" mitigan esos efectos?
En el post anterior me hacía eco del parecer de todos los vocales del Consejo, en un informe remitido a un fiscal de Las Palmas -para desestimar su queja sobre distribución de trabajo- de que naturalmente que tenían facultades para revisar las distribuciones de trabajo en casos de "falta de equidad" (art. 110 del Reglamento). Si eso es así, ¿como es posible que si la inmensa mayoría de la Fiscalía se opone a un sistema de trabajo digan ahora los vocales que no pueden hacer nada, con gran preocupación, naturalmente? Están protegiendo de manera objetiva a la jerarquía en un enfrentamiento con los fiscales de a pie. Y son nuestros representantes. No es exclusivamente que pueda haber desigualdades en la distribución del trabajo lo que debe atender el Consejo. Es básicamente el hecho de que la Fiscalía funcione peor, con muchos fiscales agraviados al tener que salir de donde están o no poder ir donde aspiran a ir por razón de unos baremos creados ad hoc por la jefatura. Es la calidad del trabajo no sólo en la cantidad donde deben entrar los vocales del Consejo Fiscal y donde hay que buscar la falta de equidad.
Estoy mucho más aquí con la posición de los vocales de la UPF, que reclaman un nuevo Estatuto; y creo que es de sentido común que si una distribución de trabajo aparece con 135 votos en contra y tan solo 20 a favor, la cuestión ha de abordarse no solo "preocupándose" mucho en el Consejo sin hacer nada, sino actuando en favor de la abrumadora mayoría. Aunque el jefe pertenezca a la asociación de la mayoría en el Consejo. Y quiero rendir tributo a los numerosos fiscales de Madrid, que en lugar de pasar y aceptar con resignación lo que les den, se preocupan -ellos de verdad- por el servicio, se preocupan por su consideración de fiscales más que de peones, y luchan -en vano, según parece, pero "preocupando" mucho al Consejo- ante sus representantes en el Consejo en defensa de sus opiniones.
El curso para aprender los fiscales a defendernos en vía administrativa y jurisdiccional que organiza la APIF en julio parece que es más necesario que nunca.
¿Es este estado de cosas razonable? Nadie ha preguntado a los fiscales de Madrid a quíen querían como Fiscal Jefe. Nadie les preguntó por los proyectos de organización que iban a tener que realizar ellos. Se les impone un Jefe sin preguntarles si les gustaba o no el que tenían y un programa sin que ellos hayan podido decir que les parece. Y ahora se les dice -por sus representantes en el Consejo- que con gran preocupación eso si, nada se puede hacer aunque quienes están en Madrid consideren que el sistema los lleva al desastre y perjudica el servicio y la conciliación de su vida familiar. Todo ello tras la eliminación de un buen número de fiscales sustitutos que aumenta sus cargas de trabajo. ¿No se da cuenta nadie que con estas medidas se somete a los fiscales, no se les convence, no se pacta con ellos, no se negocia? ¿No se dan cuenta los vocales de la AF que la preocupación suya tiene una vertiente de frustración para los fiscales que sostienen la mayor Fiscalía de España? ¿Creen que con "su preocupación" mitigan esos efectos?
En el post anterior me hacía eco del parecer de todos los vocales del Consejo, en un informe remitido a un fiscal de Las Palmas -para desestimar su queja sobre distribución de trabajo- de que naturalmente que tenían facultades para revisar las distribuciones de trabajo en casos de "falta de equidad" (art. 110 del Reglamento). Si eso es así, ¿como es posible que si la inmensa mayoría de la Fiscalía se opone a un sistema de trabajo digan ahora los vocales que no pueden hacer nada, con gran preocupación, naturalmente? Están protegiendo de manera objetiva a la jerarquía en un enfrentamiento con los fiscales de a pie. Y son nuestros representantes. No es exclusivamente que pueda haber desigualdades en la distribución del trabajo lo que debe atender el Consejo. Es básicamente el hecho de que la Fiscalía funcione peor, con muchos fiscales agraviados al tener que salir de donde están o no poder ir donde aspiran a ir por razón de unos baremos creados ad hoc por la jefatura. Es la calidad del trabajo no sólo en la cantidad donde deben entrar los vocales del Consejo Fiscal y donde hay que buscar la falta de equidad.
Estoy mucho más aquí con la posición de los vocales de la UPF, que reclaman un nuevo Estatuto; y creo que es de sentido común que si una distribución de trabajo aparece con 135 votos en contra y tan solo 20 a favor, la cuestión ha de abordarse no solo "preocupándose" mucho en el Consejo sin hacer nada, sino actuando en favor de la abrumadora mayoría. Aunque el jefe pertenezca a la asociación de la mayoría en el Consejo. Y quiero rendir tributo a los numerosos fiscales de Madrid, que en lugar de pasar y aceptar con resignación lo que les den, se preocupan -ellos de verdad- por el servicio, se preocupan por su consideración de fiscales más que de peones, y luchan -en vano, según parece, pero "preocupando" mucho al Consejo- ante sus representantes en el Consejo en defensa de sus opiniones.
El curso para aprender los fiscales a defendernos en vía administrativa y jurisdiccional que organiza la APIF en julio parece que es más necesario que nunca.
viernes, 25 de abril de 2014
LA TRANSPARENCIA DEL CONSEJO FISCAL
El viernes 21 de marzo recibí un correo electrónico con la información que los vocales de la AF hacían de la reunión del Consejo Fiscal celebrada el día anterior. En el punto cuarto se decía lo siguiente bajo el capítulo "Otras materias":
-Se valoró la reclamación de un fiscal frente a la asignación de trabajo por parte de un Fiscal Jefe.
Ya me extrañó en su día una comunicación tan parca, y si hubiera sido el Consejo anterior hubiera preguntado a qué se refería eso. Pero confiaba en que los compromisos de transparencia -tan recientes las elecciones- les impedirían ocultar información relevante a la Carrera de lo que se discute en el Consejo. Ayer el Fiscal afectado (de Las Palmas) me hizo llegar a través de otro compañero la resolución del Consejo Fiscal que desestima su reclamación. El Acuerdo del Consejo Fiscal es muy interesante por varios motivos. El problema de fondo era la no asignación por el Fiscal Jefe de un lote de trabajo vacante a un fiscal interesado, sin concurso y sin votación en Junta. Ese fiscal se considera agraviado y expone su queja al Consejo Fiscal. Antes de hacerlo, el Fiscal Jefe hace una consulta a la Inspección sobre si el reparto de trabajo es susceptible de recurso administrativo por el interesado, y la Inspección fiscal responde el 27 de noviembre de 2013 lo siguiente:
"... la decisión del Fiscal Jefe puede ser impugnada por el interesado ante el Consejo Fiscal, a modo de recurso de alzada específico del Ministerio Fiscal".
El Consejo Fiscal entró a discutir la cuestión en su reunión de 20 de marzo. Y se resuelven las siguientes cosas:
- Por un lado, ante la pretensión del fiscal impugnante de que en lugar de haberse adjudicado lotes de trabajo de manera directa debería haberse convocado previamente un concurso interno y una Junta de fiscales, el Consejo fiscal, de modo unánime, afirma que la decisión de reparto de trabajo adoptada por el Fiscal jefe no constituye en si mismo un acto o resolución administrativa susceptible de recurso en la vía administrativa, en los términos del art. 107.1 de la LRJ-PAC, sino únicamente de revisión dentro de la propia organización interna del Ministerio Fiscal, únicamente fiscalizable por los propios órganos de la institución. Para llegar a esa conclusión se entiende que los cambios en la asignación de bloques de trabajo de unos fiscales a otros no afectan ni a la organización de los servicios ni a la distribución del trabajo entre los fiscales de la plantilla (art. 22.5 EOMF), tratándose únicamente del cambio o no de un bloque de trabajo.
- Consecuentemente, no hacía falta ni Junta ni concurso. Y considera -por unanimidad- que en esta materia no procede acudir a la norma supletoria y general de la LRJ-PAC atendiendo a la existencia de una específica previsión (art. 22.5 EOMF) y a los principios constitucionales de unidad de actuación y dependencia jerárquica.
- Consideran evidente los vocales del Consejo Fiscal que ese órgano dispone de facultades de control y de revisión del resto de los órganos de la Institución (art. 110 del Reglamento de 1969), si bien únicamente en casos de "falta de equidad" en la distribución del trabajo, que es interpretado en los casos de distribuciones discriminatorias por arbitrarias o por hallarse incursa en manifiesta irracionalidad. En el caso en cuestión se consideró por once votos contra uno que la decisión del Fiscal Jefe no era contraria a la equidad (ya que el Fiscal quería cambiar de Juzgado por razones de índole personal).
- Se consideran equiparables por el Consejo Fiscal este tipo de decisiones de la Jefatura a las instrucciones u órdenes de servicio a que se refiere el art. 21.1 de la LRJ-PAC, asimilándolas a esas categorías de actos administrativos. Y por tanto, y al margen de lo que puedan decidir en su día los Tribunales contencioso administrativos, el Consejo por unanimidad considera que no pueden ser fiscalizables en la vía jurisdiccional, de acuerdo con la jurisprudencia que cita el Acuerdo del Consejo.
- Y se desestima la pretensión del fiscal que reclama, el cual (soportando alguna intolerable acusación de deslealtad institucional) no quedó completamente convencido y recurrió en vía contencioso administrativa estando actualmente el recurso en tramitación.
A mi, modestamente, me parece que este tema es de interés capital para muchos fiscales y que no puede sortearse (y más pocas semanas después de las elecciones) con un comunicado en el que únicamente "se valora la reclamación de un fiscal frente a la asignación de trabajo por parte de un Fiscal Jefe", que recuerda a Gila: "Alguien ha matado a alguien...". Adelanto que no comparto la interpretación que los representantes de los fiscales hacen en relación con el art. 22.5 del Estatuto, y que si creo que debía haberse celebrado una Junta o al menos hacer un concurso de provisión de lotes de trabajo. En esto estoy de acuerdo con el fiscal que impugna (y con el solitario vocal que le apoyó), porque me parece evidente que la adjudicación de un lote de trabajo a un fiscal es parte de la distribución del trabajo entre los fiscales de una Fiscalía; y me sorprende la interpretación de la posición de los vocales electos sobre el particular ya que no olvidemos que son representantes de los fiscales para defender los derechos de los fiscales. Una vez más, como el Consejo anterior, se trata a los fiscales en el Consejo Fiscal desde la perspectiva esencial del mantenimiento de la unidad y la dependencia jerárquica, es decir, desde las posiciones de la jerarquía. Lo advertimos en las elecciones, que esto iba a continuar así, y ahí está otra vez. Espero con interés que es lo que nos dicen ahora estos vocales en relación con lo ocurrido con la Fiscalía de Madrid.
-Se valoró la reclamación de un fiscal frente a la asignación de trabajo por parte de un Fiscal Jefe.
Ya me extrañó en su día una comunicación tan parca, y si hubiera sido el Consejo anterior hubiera preguntado a qué se refería eso. Pero confiaba en que los compromisos de transparencia -tan recientes las elecciones- les impedirían ocultar información relevante a la Carrera de lo que se discute en el Consejo. Ayer el Fiscal afectado (de Las Palmas) me hizo llegar a través de otro compañero la resolución del Consejo Fiscal que desestima su reclamación. El Acuerdo del Consejo Fiscal es muy interesante por varios motivos. El problema de fondo era la no asignación por el Fiscal Jefe de un lote de trabajo vacante a un fiscal interesado, sin concurso y sin votación en Junta. Ese fiscal se considera agraviado y expone su queja al Consejo Fiscal. Antes de hacerlo, el Fiscal Jefe hace una consulta a la Inspección sobre si el reparto de trabajo es susceptible de recurso administrativo por el interesado, y la Inspección fiscal responde el 27 de noviembre de 2013 lo siguiente:
"... la decisión del Fiscal Jefe puede ser impugnada por el interesado ante el Consejo Fiscal, a modo de recurso de alzada específico del Ministerio Fiscal".
El Consejo Fiscal entró a discutir la cuestión en su reunión de 20 de marzo. Y se resuelven las siguientes cosas:
- Por un lado, ante la pretensión del fiscal impugnante de que en lugar de haberse adjudicado lotes de trabajo de manera directa debería haberse convocado previamente un concurso interno y una Junta de fiscales, el Consejo fiscal, de modo unánime, afirma que la decisión de reparto de trabajo adoptada por el Fiscal jefe no constituye en si mismo un acto o resolución administrativa susceptible de recurso en la vía administrativa, en los términos del art. 107.1 de la LRJ-PAC, sino únicamente de revisión dentro de la propia organización interna del Ministerio Fiscal, únicamente fiscalizable por los propios órganos de la institución. Para llegar a esa conclusión se entiende que los cambios en la asignación de bloques de trabajo de unos fiscales a otros no afectan ni a la organización de los servicios ni a la distribución del trabajo entre los fiscales de la plantilla (art. 22.5 EOMF), tratándose únicamente del cambio o no de un bloque de trabajo.
- Consecuentemente, no hacía falta ni Junta ni concurso. Y considera -por unanimidad- que en esta materia no procede acudir a la norma supletoria y general de la LRJ-PAC atendiendo a la existencia de una específica previsión (art. 22.5 EOMF) y a los principios constitucionales de unidad de actuación y dependencia jerárquica.
- Consideran evidente los vocales del Consejo Fiscal que ese órgano dispone de facultades de control y de revisión del resto de los órganos de la Institución (art. 110 del Reglamento de 1969), si bien únicamente en casos de "falta de equidad" en la distribución del trabajo, que es interpretado en los casos de distribuciones discriminatorias por arbitrarias o por hallarse incursa en manifiesta irracionalidad. En el caso en cuestión se consideró por once votos contra uno que la decisión del Fiscal Jefe no era contraria a la equidad (ya que el Fiscal quería cambiar de Juzgado por razones de índole personal).
- Se consideran equiparables por el Consejo Fiscal este tipo de decisiones de la Jefatura a las instrucciones u órdenes de servicio a que se refiere el art. 21.1 de la LRJ-PAC, asimilándolas a esas categorías de actos administrativos. Y por tanto, y al margen de lo que puedan decidir en su día los Tribunales contencioso administrativos, el Consejo por unanimidad considera que no pueden ser fiscalizables en la vía jurisdiccional, de acuerdo con la jurisprudencia que cita el Acuerdo del Consejo.
- Y se desestima la pretensión del fiscal que reclama, el cual (soportando alguna intolerable acusación de deslealtad institucional) no quedó completamente convencido y recurrió en vía contencioso administrativa estando actualmente el recurso en tramitación.
A mi, modestamente, me parece que este tema es de interés capital para muchos fiscales y que no puede sortearse (y más pocas semanas después de las elecciones) con un comunicado en el que únicamente "se valora la reclamación de un fiscal frente a la asignación de trabajo por parte de un Fiscal Jefe", que recuerda a Gila: "Alguien ha matado a alguien...". Adelanto que no comparto la interpretación que los representantes de los fiscales hacen en relación con el art. 22.5 del Estatuto, y que si creo que debía haberse celebrado una Junta o al menos hacer un concurso de provisión de lotes de trabajo. En esto estoy de acuerdo con el fiscal que impugna (y con el solitario vocal que le apoyó), porque me parece evidente que la adjudicación de un lote de trabajo a un fiscal es parte de la distribución del trabajo entre los fiscales de una Fiscalía; y me sorprende la interpretación de la posición de los vocales electos sobre el particular ya que no olvidemos que son representantes de los fiscales para defender los derechos de los fiscales. Una vez más, como el Consejo anterior, se trata a los fiscales en el Consejo Fiscal desde la perspectiva esencial del mantenimiento de la unidad y la dependencia jerárquica, es decir, desde las posiciones de la jerarquía. Lo advertimos en las elecciones, que esto iba a continuar así, y ahí está otra vez. Espero con interés que es lo que nos dicen ahora estos vocales en relación con lo ocurrido con la Fiscalía de Madrid.
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