jueves, 24 de febrero de 2011

NOMBRAMIENTOS EN LA JUDICATURA

Cuando a algunos de mis alumnos le tengo que aconsejar sobre estrategias de defensa jurídica, les acostumbro a decir que si los hechos que implican al acusado son desfavorables, que procuren la defensa en el terreno de los principios jurídicos y de las abstracciones teóricas: que eviten el cuerpo a cuerpo con el acusador que tiene pruebas.   Y en estas, me topo con una noticia sobre la protesta de la Unión Judicial Independiente contra la política de nombramientos de "las terminales asociativas de los partidos políticos" en el Consejo.  Pero lo que me llama la atención es la respuesta de las dos asociaciones mayoritarias de jueces.  La APM no se defiende de las concretas imputaciones de la UJI, sino que -como deben hacer los buenos defensores con hechos adversos- se compromete a seguir luchando "sin ningún complejo" para "desplegar" todo su esfuerzo en "dificultar el resto de estrategias de debilitación del poder judicial".  ¿Y que significa eso?  Pues que seguirán haciendo lo mismo que ahora, es decir, elegir a los propios y negociar con quien tiene fuerza para negociar, el nombramiento forzado de los ajenos.   Claro, los que no son ni propios ni ajenos, que al parecer "debilitan" al poder judicial, se quejan -como nos quejamos algunos en la Fiscalía, por otra parte-.


Y JD comparte la crítica de la UJI, tras tacharla de simplistas y demagógicas, lo que llama la atención.  Pero al fin, de lo que se trata es de que esto no cambie en beneficio del mérito y de la neutralidad política.   

1 comentario:

  1. Muy bueno, Salvador.

    Pocos comentarios merecen el tuyo.

    ResponderEliminar