"Tales
informes, que se producen una vez notificado el Ministerio Fiscal del
señalamiento de un juicio social, en una fase no prevista por la LRJS , en un procedimiento en
que no existe contestación a la demanda, y en el que, se nos emplaza por el
simple hecho de que la parte demandante alega vulneración de Derechos
Fundamentales, materia en la que además existe una inversión legal de la carga
de la prueba, en ningún caso pueden considerarse dictámenes jurídicos, y
computarse en el estadillo en el apartado señalado anteriormente, con un valor
asignado de 2 puntos a cada uno de estos informes. De la misma manera, un
informe que se limita a decir que no hay Fiscales disponibles para asistir a
una vista, no obedece a valoración jurídica alguna".
Sobre esa base se pidió al Fiscal Jefe, con copia a la Inspección Fiscal, que realizara una nueva propuesta sobre la atribución de la productividad correspondiente al periodo en cuestión. Veremos que ocurre.
Esta materia de la productividad ha de ser analizada con cuidado por los interesados para objetivar lo más posible los criterios de atribución, eliminando toda sospecha de arbitrariedad y con ella toda tentación de la jerarquía de favorecer a algunos fiscales en detrimento de otros. A mi me parece que si los fiscales empezamos a defendernos frente a la jerarquía algunas cosas inexplicables que vienen ocurriendo dejarán de pasarnos.
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